Régimen fiscal: ¿qué es?
El régimen fiscal es el conjunto de normas y leyes bajo el cual se rigen las personas morales y físicas para tributar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Es la forma en que una persona o negocio queda registrada ante el SAT y que determina sus obligaciones fiscales.
Esto quiere decir que de acuerdo con el régimen fiscal en el que esté inscrito, se determinarán los impuestos a declarar y pagar ante el Estado. Recordemos que todas las personas que cuentan con alguna actividad económica están sujetas a cumplir con sus obligaciones fiscales.
Para determinar en qué régimen fiscal se debe estar registrado se determinan dos tipos de Personas: Personales Morales y Personas Físicas. Ambas cuentan con distintas obligaciones de acuerdo con su régimen fiscal con base en su actividad económica.
Lo primero que hay que saber es que al registrarse ante el SAT, debe tener muy claro cuáles son sus ingresos y el tipo de actividad que realizará para hacerlo adecuadamente y evitar errores al realizar sus declaraciones. Todos tenemos diferentes obligaciones.
Persona física
Se le denomina persona física al individuo obligado ante la ley para declarar impuestos. Todos somos persona física al momento de registrarnos en el SAT. El régimen para ellos está determinado por su actividad económica.
Cada persona física podrá optar por uno o varios regímenes fiscales con el objetivo de mantener registro de sus ingresos y egresos. Todas las actividades económicas (públicas y privadas) generan uno o varios impuestos que sirven para sostener los servicios públicos, los apoyos sociales, la nómina gubernamental, pago de la deuda pública, entre otros. Es por eso que todos debemos contribuir con la Hacienda. Sin nuestras aportaciones obligatorias, no habría recursos para el país.
Régimen: Sueldos y Salarios
Todas las personas que cuenten con un trabajo por el que reciban un sueldo o salario de forma periódica deben pertenecer a este régimen. Su obligaciones fiscales son descontadas de su sueldo y su patrón será quien realice sus declaraciones.
Deben aportar Impuesto Sobre la Renta (ISR) y tienen derecho a deducciones personales. Asimismo, tienen derecho a declarar en abril para hacerlas efectivas.
Régimen Simplificado de Confianza
Este régimen nació en 2022 con el objetivo de simplificar las obligaciones de las personas físicas que prestan servicios o venden productos con facturaciones anuales de máximo 3.5 millones de pesos.
¿Quiénes pueden adherirse?
- Personas físicas con Actividades empresariales y profesionales
- Régimen de Incorporación Fiscal
- Arrendamiento
- Actividades Agrícolas, Ganaderas, Pesqueras o Silvícolas
Obligaciones fiscales
- Reducción de la carga fiscal en ISR de un 25% a máximo 2.5%.
- No cuentan con derecho a deducir gastos personales
- Deducción de Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) con gastos relativos a su actividad económica.
- Declaración mensual de IVA e ISR
- Declaración anual de ISR
Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)
El Régimen de Incorporación Fiscal es para personas físicas con actividades empresariales con ingresos de hasta dos millones de pesos al año. El SAT solicitó que aquellos que desearan continuar con este régimen debían dar aviso o serían automáticamente cambiados al RESICO a partir de febrero de 2022.
¿Quiénes pueden adherirse?
- Pequeños negocios de compra venta.
- Profesionales que presten algún servicio.
Obligaciones fiscales
- Declaraciones bimestrales de sus ingresos.
- Emisión de factura electrónica por ventas.
- Registro de operación de nómina en caso de tener empleados.
- Declaración anual de ISR.
- Derecho a deducción de gastos personales y de insumos para el negocio.
- ISR creciente con el paso de los años, iniciando en 10% hasta alcanzar el 25.4%.
Enajenación de bienes
Es aquél que se registra para, como persona física, recibir ingresos a través de una transmisión de propiedad de bienes por venta o permuta; por la venta o permuta de bienes inmuebles o automóviles.
Obligaciones fiscales
- El monto máximo para este tipo de transacciones asciende a alrededor de 4 millones de pesos cada tres años, en caso de no realizar la venta de un inmueble dentro de este periodo no es necesario realizar declaración.
- Este régimen está enfocado a personas físicas con negocio de compra-venta inmobiliaria u otros bienes.
- Deben presentar declaración anual.
- Derecho a deducción de IVA por gastos personales.
Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas
Este régimen está enfocado a las personas físicas que presten servicios o vendan productos a través de aplicaciones o plataformas tecnológicas, tales como Uber, Airbnb, entre otras.
Obligaciones fiscales
- Deben expedir y enviar a sus usuarios la factura correspondiente sobre el costo del servicio, si así se requiere.
- Los prestadores de servicios relacionados con transporte de pasajeros y entrega de bienes (Didi, Cabify, Rappi, Jokr, etc) deben retener 0.21% de ISR; los prestadores de servicios de hospedaje (Airbnb) de 0.04%; de enajenación de bienes y prestación de servicios (Homely, Aiada, etc), su retención de ISR es de 0.01%.
- En caso de que el prestador de servicios lo haga a través de la intermediación de un enajenante de bienes (alguien más es el dueño del bien o servicio prestado), al primero se le retendrá 50% de IVA (16%) y 100% en caso de no contar con RFC.
- Aplica el 8% de IVA sobre cobros directos a clientes (sin intermediarios).
Régimen de arrendamiento
Los dueños de casas, edificios, departamentos, locales, terrenos o bodegas que reciban una renta de estos, deberán tributar bajo este régimen. Los arrendadores pueden adherirse al RIF en caso de no recibir ingresos anuales por más de dos millones de pesos.
Obligaciones fiscales
- Declaración de mensual o trimestral de ISR en caso de no superar los $26,411.52 pesos al mes.
- De IVA mensual en caso de rentas comerciales o casa habitación amueblada.
- Declaración anual en abril.
- Derecho a deducción de gastos personales y las relativas al negocio.
Personal Moral
La persona moral es la asociación entre dos o más personas físicas con el objetivo de realizar una actividad económica en conjunto. Se le denomina moral porque no es una persona con cuerpo físico, sino una constitución legal con ciertas características operativas, económicas y fiscales.
Sus obligaciones son similares a la persona física, pero su carga fiscal puede variar.
Régimen general
Este régimen se enfoca a la asociación entre personas físicas con fines de lucro. Una empresa, por ejemplo, que realiza transacciones comerciales, tales como las Sociedad Anónimas, de Responsabilidad Limitada, SAPI de CV, etc.
Régimen con fines no lucrativos
Este régimen se enfoca a las asociaciones entre personas físicas sin fines de lucro, como las asociaciones civiles o fundaciones.
Obligaciones fiscales de las personas morales
- Declaraciones provisionales.
- Presentación informativa del IVA de las operaciones realizadas con proveedores.
- Declaración anual en marzo.
- Declaraciones de pago provisional e impuestos a trabajadores.
- Presentación de información de Contabilidad Electrónica.
- Derecho a deducciones por concepto de gastos de negocio.
- Retención de ISR e IVA de sus proveedores.
¿Qué régimen fiscal elegir para mi negocio?
Es importante consultar a un contador para determinar cuál sería el mejor régimen para su negocio de acuerdo con:
- Ingresos anuales
- Actividad económica (bienes, servicios, actividades primarias, secundarias y terciarias)
- Lugar de operación
- Número de empleados
Si su negocio no supera cierto monto de facturación al año, es importante tomar la decisión a partir del nivel de carga fiscal en cada régimen. Muchas empresas fácilmente pueden operar como persona física bajo los regímenes de Actividad empresarial, RIF o RESICO.
Es importante saber que si los ingresos superan los montos permitidos en cada régimen de persona física, el SAT solicitará que se adhiera a un nuevo régimen con el propósito de que se cumplan con las obligaciones fiscales proporcionalmente a dicha ganancia.
Los procesos empresariales o comerciales pueden ser más simples como persona física, sin embargo existen situaciones legales en las cuales es necesario que una persona moral realice ciertas transacciones.
¿Qué pasa si no cumplo con mis obligaciones fiscales?
Tanto pequeños como grandes contribuyentes están sujetos a multas y recargos en caso de incumplimiento de sus obligaciones fiscales. De acuerdo con el monto y el tiempo de adeudo, el contribuyente se puede enfrentarse a auditorías o ser investigado y castigado por defraudación fiscal, delito que implica cárcel.
Además, en caso de malas prácticas en la facturación electrónica, tales como facturación a terceros o simulación de transacciones, el SAT también ha impuesto sanciones económicas y de cárcel.
Los errores en las declaraciones fiscales pueden sancionarse con un monto entre $13,490 pesos hasta $134,840 pesos. Es por ello que es importante acudir a un contador o solicitar ayuda del SAT.
Los empresarios tienen la obligación de presentar ante el SAT a sus socios para evitar que algún participante de la organización lucrativa tenga irregularidades, evasión o algún delito fiscal. En caso de que uno de los socios caiga en falta, la sanción es la suspensión temporal del sello digital o firma electrónica.
El Servicio de Administración Tributaria se mantiene atento al cumplimiento de obligaciones fiscales. Gracias a la facturación electrónica es mucho más simple rastrear a aquellas personas que no cumplen en tiempo y forma sus obligaciones.
Consejos para mantener su situación fiscal en orden
- Contrate a un contador público que se mantenga actualizado en cambios.
- Infórmese sobre las obligaciones fiscales del régimen al que pertenece.
- Solicite cada año la opinión de cumplimiento para saber si su empresa o usted mismo está en orden.
- No permita la omisión de declaraciones anuales.
- Tenga cuidado sobre las facturas que solicita y emite.
- En caso de dudas, acuda al SAT.
Beneficios de cumplir con las obligaciones fiscales
Como hemos mencionado, el pago de impuesto de cada contribuyente obligado se refleja en el caminar cotidiano del país. Sin embargo, más allá de eso, asegurarse de que usted y su empresa han cumplido con sus obligaciones trae otro beneficios:
- Evitar pagos inesperados. La sanción más común por incumplimiento es económica, evite pérdidas por pagos altos e inesperados.
- Mantener la operación dentro de la ley. Es muy importante no caer en delitos y apegarse a la ley, pudiera parecer una obviedad, sin embargo se ha visto que organizaciones aprovechan sus recursos para evadir la ley y cometer delitos fiscales.
- Beneficios fiscales. El cumplimiento de sus obligaciones en tiempo y forma, así como el registro de transacciones puede conllevar beneficios fiscales, como devolución de impuestos por deducciones o bonos.
- Acceso a financiamiento. Contar con una contabilidad en orden le ayudará a comprobar ingresos y gastos, dato muy importante a la hora de solicitar un préstamo empresarial para impulsar su negocio.
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¿Qué régimen fiscal puede acceder a recursos con PDN?
Personas físicas con Actividad empresarial comprobable y RIF, así como personas morales en régimen general con operaciones mensuales de mínimo $400 mil pesos.